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TR770A - Programa Mujer 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

 

Fecha de publicación: 04/07/2022

Fecha finalización de solicitud: 30/09/2022

El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia no competitiva

Objeto

Esta orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las subvenciones de los incentivos a la contratación indefinida inicial de mujeres desempleadas que presentan desventajas y dificultades particulares para acceder o permanecer en el mercado de trabajo.

Los incentivos previstos en esta orden serán de aplicación a las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo completo que se celebren desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2022 con mujeres desempleadas.

Características de la ayuda

La contratación realizada con la mujer desempleada por la que se solicita la subvención deberá ser indefinida inicial, incluida la modalidad de fijo-discontinuos de un mínimo de 9 meses de duración, y con una jornada a tiempo completo.

Las contrataciones por las que se solicita subvención deberán estar comunicadas, a través de la aplicación Contrat@ a la oficina pública de empleo que corresponda, en el momento de la solicitud.

 Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 6.000 euros por cada mujer desempleada contratada.

En el caso de contrataciones indefinidas iniciales en la modalidad de fijo-discontinuos de un mínimo de 9 meses de duración, la cuantía del incentivo será proporcional al tiempo de trabajo.

Personas beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las cooperativas y las sociedades laborales, que contraten por cuenta ajena mujeres desempleadas, inscritas como demandantes de empleo, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

También podrán ser beneficiarios de los incentivos los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social respectivamente.


Máis información:

https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR770A&ano=2022&numpub=1&lang=es


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