Plazo solicitud de adhesión de entidades colaboradoras: 9 de julio a 15 de julio de 2019 (artículo 4.2).
Inicio plazo de solicitud ayudas: 9:00 h de 24 de julio de 2019 (artículo 4.3)
Finalización plazo de solicitud: 15 de octubre de 2019
A continuación se describen brevemente las características principales de esta linea de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, aunque la información que se considerará oficial para todos los efectos será la publicada en la Resolución de 26 de junio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva relativas al Plan de Transición a una movilidad eficiente, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión y se procede a convocatoria para la anualidad 2019 (Códigos IN421U e IN421T). (DOG del 8 de julio de 2019).
a) Turismos (M1) con clasificación energética “A” y un valor máximo de emisiones según el ciclo NEDC de 120 g CO2/km. Se establecen dos categorías que recibirán diferente intensidad de ayuda:
Nivel A: Con un valor máximo de emisiones de 100 g CO2/km
Nivel B: Con un valor máximo de emisiones de 120 g CO2/km
b) Furgonetas (N1) con un valor máximo de emisiones según el ciclo NEDC de 137 g CO2/km
Para verificar el cumprimento de esteo requisitos energéticos se tendrá en cuenta la información disponible en la Base de Datos de Vehículos disponible en la página web del IDAE. Puede consultar la base de datos de vehículos en el siguiente link:
http://coches.idae.es/base-datos/marca-y-modelo
a) Las persoas físicas con residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Las empresas legalmente constituídas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.
Para acceder a la subvención, será requisito imprescindible que el adquiriente titular del vehículo subvencionable acredite la baja definitiva en circulación de uun vehículo a achatarrar en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, mediante la presentación del correspondiente certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo. El vehículo a achatarrar deberá ser, indistintamente, de categoría M1 o N1, estar matriculado en España y tener una antigüedad, contada desde la fecha de su primera matriculación y hasta el día en el que se hace la solicitud de la ayuda, de por lo menos diez años. Adicionalmente, el vehículo a achatarrar deberá tener en vigor a Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en la fecha en la que se solicita la ayuda y el adquiriente titular del vehículo susceptible de ayuda deberá ostentar la titularidad del vehículo achatarrado, como mínimo un año antes de la solicitud de la ayuda.
Por lo tanto, la totalidad de las facturas y de los justificantes de pago tiene que tener fecha posterior a solicitud de ayuda, y anterior al 15 de octubre.
El ahorro por vehículo del Plan de Transición a una movilidad eficiente corresponderá un 50% a ayuda publica y el otro 50% a un descuento antes de impuestos asumido por el fabricante/importador o punto de venta. El pago de la ayuda se realizará directamente al concesionario, por lo que el beneficiario final ya no tendrá que desembolsarla previamente.
Una persona física sólo podrá adquirir un único vehículo M1 o N1.
Un autónomo o empresa sólo podrá adquirir un máximo de dos vehículos N1.
Podrán ser entidades colaboradoras los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, sea 615.1 Comercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios, o 654.1 comercio al pormenor de vehículos terrestres. Las entidades colaboradoras tienen que tener su domicilio social o algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Proceso de solicitud de adhesión de entidades colaboradoras
a.- La primera vez que la entidad colaboradora acceda a la aplicación se le asignará un usuario y una contraseña. Este usuario y contraseña serán los válidos para consultar el estado de la solicitud de adhesión, para cubrir las solicitudes de ayuda y para ver su estado.
b.- La entidad colaboradora deberá acceder a la aplicación informática disponible en la página web del Inega (http://www.inega.gal) o accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (http://sede.xunta.gal) para cubrir la Solicitud de adhesión (Anexo II) y el Convenio de colaboración (Anexo III).
Una vez generada la solicitud normalizada deberá presentar la por vía electrónica.
Si la documentación presentada está completa se formalizará la adhesión de la entidad colaboradora. En el caso de detectarse alguna deficiencia se procederá al envío de un requerimiento de enmienda, suspendiéndose la formalización de la adhesión de la entidad colaboradora hasta que complete la totalidad de la documentación.
La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia no competitiva, asignando los fondos por orden de entrada en el registro.
Más información:
http://www.inega.gal/subvencions/subvencions/aforro/2019/ficha_aforro2019_0004.html
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190712/AnuncioG0474-080719-0001_gl.pdf
Inicio plazo de solicitud ayudas: 9:00 h de 24 de julio de 2019 (artículo 4.3)
Finalización plazo de solicitud: 15 de octubre de 2019
A continuación se describen brevemente las características principales de esta linea de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, aunque la información que se considerará oficial para todos los efectos será la publicada en la Resolución de 26 de junio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva relativas al Plan de Transición a una movilidad eficiente, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión y se procede a convocatoria para la anualidad 2019 (Códigos IN421U e IN421T). (DOG del 8 de julio de 2019).
Conceptos subvencionables
Será subvencionable la adquisición de vehículos nuevos turismos (M1) o
furgonetas (N1) que cumplan las características energéticas indicadas a
continuación y tengan un coste inferior o igual a 40.000 € (impuestos
incluídos).a) Turismos (M1) con clasificación energética “A” y un valor máximo de emisiones según el ciclo NEDC de 120 g CO2/km. Se establecen dos categorías que recibirán diferente intensidad de ayuda:
Nivel A: Con un valor máximo de emisiones de 100 g CO2/km
Nivel B: Con un valor máximo de emisiones de 120 g CO2/km
b) Furgonetas (N1) con un valor máximo de emisiones según el ciclo NEDC de 137 g CO2/km
Para verificar el cumprimento de esteo requisitos energéticos se tendrá en cuenta la información disponible en la Base de Datos de Vehículos disponible en la página web del IDAE. Puede consultar la base de datos de vehículos en el siguiente link:
http://coches.idae.es/base-datos/marca-y-modelo
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvencións, sin prejuicio de reunir
los demás requisitos establecidos en estas bases, los sujetos que se
enumeran a continuación:a) Las persoas físicas con residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Las empresas legalmente constituídas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.
TIPO DE BENEFICIARIO | PRESUPUESTO (€) |
---|---|
PERSONAS FÍSICAS | 800.000 |
AUTÓNOMOS O EMPRESAS | 300.000 |
Para acceder a la subvención, será requisito imprescindible que el adquiriente titular del vehículo subvencionable acredite la baja definitiva en circulación de uun vehículo a achatarrar en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, mediante la presentación del correspondiente certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo. El vehículo a achatarrar deberá ser, indistintamente, de categoría M1 o N1, estar matriculado en España y tener una antigüedad, contada desde la fecha de su primera matriculación y hasta el día en el que se hace la solicitud de la ayuda, de por lo menos diez años. Adicionalmente, el vehículo a achatarrar deberá tener en vigor a Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en la fecha en la que se solicita la ayuda y el adquiriente titular del vehículo susceptible de ayuda deberá ostentar la titularidad del vehículo achatarrado, como mínimo un año antes de la solicitud de la ayuda.
Período de actuaciones subvencionables
Se consideran actuaciones subvencionables las iniciadas una vez
efectuada la solicitud de ayuda y finalizadas en la fecha límite de 15
de octubre de 2019.Por lo tanto, la totalidad de las facturas y de los justificantes de pago tiene que tener fecha posterior a solicitud de ayuda, y anterior al 15 de octubre.
Cuantía de la ayuda
En la siguiente tabla se resume la ayuda del Plan en función del tipo de vehículoTIPO DE VEHÍCULO | AYUDA INEGA | DESCUENTO CONCESIONARIO (antes de impuestos) | TOTAL |
---|---|---|---|
Turismo M1, Nivel A : Clase A y emisiones de hasta 100 g CO2/km | 750 € | 750 € | 1.500 € |
Turismo M1, Nivel B: Clase A y de 100 hasta 120 g CO2/km | 500 € | 500 € | 1.000 € |
Furgonetas o camiones ligeros N1: Emisiones hsata 137 g CO2/km | 500 € | 500 € | 1.000 € |
El ahorro por vehículo del Plan de Transición a una movilidad eficiente corresponderá un 50% a ayuda publica y el otro 50% a un descuento antes de impuestos asumido por el fabricante/importador o punto de venta. El pago de la ayuda se realizará directamente al concesionario, por lo que el beneficiario final ya no tendrá que desembolsarla previamente.
Una persona física sólo podrá adquirir un único vehículo M1 o N1.
Un autónomo o empresa sólo podrá adquirir un máximo de dos vehículos N1.
Solicitud de adhesión de entidades colaboradoras
El plazo de solicitude de adhesión de entidades colaboradoras es desde el 9 de julio a 15 de julio de 2019 (artículo 4.2)Podrán ser entidades colaboradoras los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, sea 615.1 Comercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios, o 654.1 comercio al pormenor de vehículos terrestres. Las entidades colaboradoras tienen que tener su domicilio social o algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Proceso de solicitud de adhesión de entidades colaboradoras
a.- La primera vez que la entidad colaboradora acceda a la aplicación se le asignará un usuario y una contraseña. Este usuario y contraseña serán los válidos para consultar el estado de la solicitud de adhesión, para cubrir las solicitudes de ayuda y para ver su estado.
b.- La entidad colaboradora deberá acceder a la aplicación informática disponible en la página web del Inega (http://www.inega.gal) o accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (http://sede.xunta.gal) para cubrir la Solicitud de adhesión (Anexo II) y el Convenio de colaboración (Anexo III).
Una vez generada la solicitud normalizada deberá presentar la por vía electrónica.
Si la documentación presentada está completa se formalizará la adhesión de la entidad colaboradora. En el caso de detectarse alguna deficiencia se procederá al envío de un requerimiento de enmienda, suspendiéndose la formalización de la adhesión de la entidad colaboradora hasta que complete la totalidad de la documentación.
Plazo para la presentación de la solicitud de ayuda
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 30 de xullo de 2019 as 9:00 h y finaliza el 15 de octubre de 2019. La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia no competitiva, asignando los fondos por orden de entrada en el registro.
Más información:
http://www.inega.gal/subvencions/subvencions/aforro/2019/ficha_aforro2019_0004.html
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190712/AnuncioG0474-080719-0001_gl.pdf