Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de mayo, 2020

PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS Y DOMÓTICA ENERGÉTICA AÑO 2020

Plazo solicitud de adhesión de entidades colaboradoras : desde las 9:00 h de 26 de mayo de 2020 al 30 de julio de 2020 (artículo 4.4). Inicio plazo de solicitud ayudas : 9:00 h de 1 de julio de 2020 para Actuación 1 y 9:00 h de 2 de julio  para la Actuación 2 (artículo 4.5) Finalización  plazo de solicitud : 30 de septiembre de 2020 o hasta agotar fondos. A continuación, se describen brevemente las características principales de esta línea de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, aunque la información que se considerará oficial para todos los efectos será la publicada Resolución del 28 de abril  de 2020 de la Agencia Instituto Enerxético de Galicia (Inega) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la renovación de electrodomésticos y la implantación de domótica  energética, en régimen de concurrencia no competitiva, así como la selección de las entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a la

AYUDAS PARA PYMES Y AUTÓNOMOS AFECTADOS POR LA CRISIS DEL COVID-19

AYUDAS A AUTÓNOMOS. La Junta de Gobierno aprobó las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a trabajadores autónomos de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ourense que se acogieran al cese de actividad en la crisis del COVID-19.  El procedimiento de concesión de las subvenciones es el de concurrencia no competitiva, y la concesión de las subvenciones se realizará de forma continua, hasta agotar el presupuesto previsto, según la orden de recepción de las solicitudes y bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de dieciocho años que cumplan los siguiente requisitos: ser trabajadores autónomos, incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, figurando dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas; ejercer una actividad económi

Resumen de las órdenes publicadas el domingo 3 de mayo

Resumen de la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad: - El uso de mascarillas que cubran nariz y boca será obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo. Condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre: En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes. 2. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del cond